Código de Ética para Proveedores
Establecer los lineamientos del
Código de Ética para todos los proveedores que mantengan relación comercial con
Comercializadora Almacenes García de México, S.A de C.V., en lo sucesivo CAGM,
sus empresas subsidiarias y filiales.
El
presente será implementado de manera obligatoria por todos los proveedores que
mantengan relación comercial con CAGM, mismos que serán sujetos capacitación
sobre el mismo, y a auditorías aleatorias de verificación.
El presente Código de Ética está basado
en los principios éticos de nuestra marca, como:
·
Aplicar
una conducta ética y responsable en todas nuestras operaciones;
·
Respetar
los derechos humanos de todos los colaboradores y partes interesadas;
·
Respetar
el medioambiente
·
En
general, lograr un estándar de excelencia en cada aspecto de nuestro negocio;
4 DESCRIPCIÓN
DEL CÓDIGO DE ÉTICA
Todos
los proveedores de CAGM deberán observar los mismos compromisos. Como mínimo,
requerimos que todos los proveedores de productos con la marca CCP cumplan con
los requisitos mínimos legales y los estándares presentes, sin embargo,
esperamos que nuestra cadena de suministro se empeñe para lograr la mejora
continua en sus condiciones de trabajo y ambiental.
Los proveedores de la marca deberán
cumplir con todas las leyes y reglamentaciones aplicables a su operación. Todas
las referencias a “leyes y reglamentaciones aplicables” en este Código de Ética
incluyen las Leyes, reglamentos y normas locales y nacionales, así como también
los decretos, acuerdos y normas emergentes en su campo de aplicación.
Los proveedores no
utilizarán subcontratistas para la fabricación de mercadería de CCP o
componentes de esta sin el consentimiento expreso por escrito de CAGM. En su
caso, los subcontratistas deberán dar cumplimiento a este Código, siendo el
proveedor el primer responsable de la comunicación y verificación del
cumplimiento al mismo. Permitiéndole a CAGM la supervisión aleatoria del
presente Código a su subcontratista.
En CAGM estamos
comprometidos con el medio ambiente, por esto y para garantizar la
sustentabilidad de la empresa, verificamos que nuestros proveedores cumplan los
estándares ambientales que rigen en nuestro país y se empeñen para lograr la
mejora continua. En casos indispensables CAGM colaborará en conjunto con sus proveedores
para garantizar el cumplimiento en los siguientes rubros:
Ø
Uso
de recursos: Los
proveedores deberán implementar medidas para el consumo eficiente de recursos,
llevando un registro del consumo de energía, agua, insumos químicos y materias
primas.
Ø
Tratamiento
de agua: Tienen como
obligación tratar adecuadamente las aguas residuales antes de su descarga en
cumplimiento con las Normas Oficiales Mexicanas y/o Condiciones Particulares de
Descarga que le apliquen.
Ø
Residuos: Se deberán tomar acciones para reducir
la generación de los mismos, tanto de manejo especial, como peligrosos.
Teniendo como única opción su disposición de forma adecuada, privilegiando el
reciclaje siempre que sea posible.
Ø
Emisiones: Buscar la mejora continua en sus
procesos para la reducción de emisiones a la atmósfera, teniendo siempre el
control de estas con base a los lineamientos normativos
Ø
Productos
químicos: Los
proveedores deberán establecer mecanismos para la eliminación o sustitución en
sus procesos, aquellas sustancias químicas catalogadas como sustancias
restringidas y peligrosas para el medio ambiente y la salud de las personas de
acuerdo con los listados internacionales MRSL.
Esta información deberá
proporcionarse a CAGM, cuando así lo requiera.
Los proveedores no harán
uso de trabajo de menores de acuerdo con lo establecido en la Ley local. En
México, esto hace referencia a una persona de menos de 15 años. Los
trabajadores de 15 a 18 años deberán cumplir con los requisitos marcados por la
Ley Federal del Trabajo, y en su caso, no deberán ejecutar tareas que sean,
debido a su edad, especialmente peligrosas para ellos y que no ponga en peligro
la escolarización ni el desarrollo social, moral o físico del menor.
Los proveedores no
utilizarán, en ninguna circunstancia cualquier forma de trabajo forzado o no
voluntario. Debiendo reconocer el derecho que marca la Ley Federal del Trabajo
para la rescisión del contrato laboral con aviso previo y/o causa justificada
en términos de la Ley.
Los proveedores tratarán
a cada empleado con dignidad y respeto, y no usarán castigos corporales,
amenazas de violencia u otras formas de acoso o abuso físico, sexual,
psicológico o verbal.
Los proveedores no discriminarán
en prácticas de contratación y empleo, inclusive con respecto al salario,
beneficios, ascensos, disciplina, desvinculación o retiro, sobre la base de
raza, religión, edad, nacionalidad, origen social o étnico, orientación sexual,
género, opinión política o discapacidad.
Siendo la única forma de
diferenciación aceptable, el talento, las capacidades y el rendimiento en el
trabajo de cada colaborador.
Los proveedores
respetarán los derechos de los empleados a asociarse, organizarse y negociar en
forma colectiva de manera legítima y pacífica, sin sanciones o interferencias,
de acuerdo con la legislación aplicable.
Los proveedores
proporcionarán a los empleados un lugar de trabajo seguro y saludable en cumplimiento
con todas las leyes y reglamentaciones aplicables, tanto en los procesos
productivos como en los almacenes de productos químicos, garantizando un acceso
mínimo razonable a agua potable e instalaciones sanitarias; seguridad contra
incendios, iluminación y ventilación adecuadas.
Los proveedores deberán
capacitar a su personal en materia de salud seguridad laboral en los términos
de la ley, guardando los registros correspondientes.
4.10
Compensaciones
y horas de trabajo
Los proveedores deben reconocer
que los salarios son esenciales para satisfacer las necesidades básicas de los
empleados. Por lo que cumplirán, como mínimo, con todas las leyes y
reglamentaciones aplicables respecto de salarios y horario, inclusive aquellas
relacionadas con salario mínimo, horas extra, horario máximo, y otros elementos
de remuneración, y proporcionarán los beneficios obligatorios por ley.
Los proveedores
permitirán a CAGM y a sus representantes designados para realizar actividades
de monitoreo a fin de confirmar el cumplimiento con este Código de Ética,
incluidas inspecciones no anunciadas in situ de instalaciones de fabricación y
la documentación necesaria para la verificación.
Los proveedores deben
brindar facilidades a CAGM y cualquier representante de la marca para auditar a
proveedores subcontratados.
Los proveedores tomarán
las medidas apropiadas para garantizar que las disposiciones de este Código de
Ética se comuniquen a los empleados, y a los involucrados en la cadena de
suministro de CAGM.
4.13
Confidencialidad
de la información
Todos los proveedores y
personas involucradas en la cadena de suministro tienen la obligación de
mantener la integridad y confidencialidad de la información a la que tienen
acceso como consecuencia de las relaciones comerciales que mantienen con CAGM.
Este compromiso permanecerá una vez concluida la relación comercial con CAGM,
de acuerdo con las leyes aplicables.